(Por SoySeguridadPrivada) – Mucho se está comentando en las últimas semanas la modificación del Reglamento de Seguridad Privada, a raíz del comentario que hizo el Delegado del Gobierno en Galicia, afirmando que a los Vigilantes de Seguridad se les iba a otorgar el rango de agentes de la autoridad. Somos de los que creemos que no hay que creerse nada hasta que el nuevo reglamento haya sido publicado, que ya sabemos que este gremio hay mucho xiu-xiu y luego todo queda en nadená, pero ya se dejan ver en diferentes foros algunas de estas posibles modificaciones, os mostramos algunas de ellas, y os invitamos como siempre a comentar en los muros de vuestro grupo o red social favorita.
Reglamento de Seguridad Privada
El inspector de servicios debe ser jefe o director de seguridad
(Por SoySeguridadPrivada) – La revista editada por la unidad de Seguridad Privada de Policía Nacional, ha publicado en su último número un artículo de imprescindible lectura por todas las empresas de seguridad del país, en la que se habla de la figura del inspector de servicios y se analizan aspectos relacionados con su figura con el fin de evitar situaciones que incumplan la normativa. En este artículo se especifica que las empresas que utilicen a inspectores no habilitados como Jefe de Seguridad o Director de Seguridad podrían estar incumpliendo con falta muy grave la Normativa de Seguridad Privada.