(Por SoySeguridadPrivada) – El sindicato Alternativa Sindical ha consultado a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre la legalidad del uso de cámaras en la dotación de los Vigilantes de Seguridad durante el desarrollo de sus funciones para poder grabar sus intervenciones. La respuesta de la AEPD ha sido que las cámaras pueden utilizarse siempre y cuando no se hagan públicas estas grabaciones.
Cámara
Cámaras de vídeo como parte de la uniformidad del Vigilante de Seguridad
(Por SoySeguridadPrivada) – Empieza entre muchos vigilantes de seguridad a hacerse fuerte la idea de que se deberían portar cámaras corporales de grabación. Los últimos incidentes ampliamente difundidos en medios de comunicación demuestran que al personal de seguridad se le graba ya como costumbre en cualquier intervención, lo que provoca una indefensión jurídica manifiesta cuando el vigilante no puede hacer lo mismo.