(Por SoySeguridadPrivada) – La Orden INT/ 318/2011 de 1 de febrero, sobre personal de la seguridad privada en la que se regula el ejercicio de las funciones del personal de seguridad privada, especialmente en materia de principios de actuación y de la colaboración de la seguridad pública , establece en su artículo 31 que de conformidad con el apartado tercero del artículo 1 de la ley 5/2014/4 abril de Seguridad Privada , y el artículo 67 de su Reglamento , son principios básicos de actuación del personal de seguridad privada los siguientes:
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A la deriva ante la crisis
(Por Fenix88) – Nos encontramos en un momento de crisis sanitaria, que a nivel económico ha actuado como detonante de una crisis económica ya prevista por grandes economistas de la talla de don José María Gay de Liébana o don Santigo Niño Becerra. Por desgracia, estoy seguro que esta crisis afectará al sector de la seguridad privada de forma indirecta, debido a la reducción de la actividad de los clientes y por ende, de su presupuesto para seguridad.