(Por SoySeguridadPrivada) – Ante la que se avecina este otoño-invierno de 2020 con el Covid19, no está de mas que demos un vistazo a la legislación y normativas aplicables en lo referente a despidos en empresas. En esta ocasión hablaremos de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas.
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Cámaras de vídeo como parte de la uniformidad del Vigilante de Seguridad
(Por SoySeguridadPrivada) – Empieza entre muchos vigilantes de seguridad a hacerse fuerte la idea de que se deberían portar cámaras corporales de grabación. Los últimos incidentes ampliamente difundidos en medios de comunicación demuestran que al personal de seguridad se le graba ya como costumbre en cualquier intervención, lo que provoca una indefensión jurídica manifiesta cuando el vigilante no puede hacer lo mismo.
Manifestación de Vigilantes en Barcelona el 16 de julio
(Por SoySeguridadPrivada) – Los sindicatos ADN Sindical de Seguridad y Servicios de Cataluña y STS-C han convocado una manifestación de trabajadores de seguridad privada en Barcelona. Se reclama un convenio autonómico que mejore la situación de un colectivo de trabajadores al que no se toma en serio, que ejerce funciones de agente de autoridad sin serlo, y no son reconocidos ni por las empresas ni por los ciudadanos de a pie.
Los Vigilantes de Seguridad pueden detener
(Por @ Cuetano68 ) – Así es y así lo recoge la Ley 5/2014, de 4 de abril de Seguridad Privada , publicada en el «BOE» núm. 83, de 05/04/2014. En el capítulo II, donde trata de las funciones de seguridad privada , el artículo 32-1, apartado d), dice lo siguiente: ”d) En relación con el objeto de protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrá proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades. «
¿Que puede hacer el Vigilante cuando le graban con el móvil?
(Por SoySeguridadPrivada) – Pocos gremios existen tan grabados en el desempeño de su trabajo como el de los Vigilantes de Seguridad. La legalidad de filmar a un Vigilante de Seguridad es relativa, dependiendo de si se trata de un medio de comunicación o un particular, y de las intenciones finales de esta grabación. El Instituto de Seguridad Netpol afirma que cualquier persona puede captar imágenes de un vigilante o policía que esté vestido con su uniforme y que esté realizando una intervención en un espacio público. Mientras esta grabación no sea distribuida o publicitada, no hay ningún problema. Pero si que hay un problema legal cuando el vídeo se sube a redes sociales o a portales de vídeos en internet.
Informaciones confusas sobre el ERE en Securitas
(Por SoySeguridadPrivada) – Según se ha informado desde las webs de varios sindicatos y agrupaciones como Ates y STS, la empresa de seguridad Securitas anuncia un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afecta a parte de su plantilla a nivel nacional. Este ERE surgía tras la reestructuración que Securitas ha sufrido tras la adquisición en enero de 2020 de Techco, empresa de seguridad electrónica.